REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 12 de Septiembre de 2.013
203º y 154º
Asunto: AP11-O-2013-000139
Por recibido y visto la anterior ACCIÓN de AMPARO CONSTITUCIONAL, presentada por la ciudadana MARIAN KAROLA PEREZ ZAIDMAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad numero: V- 13.727.662, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 196.496, actuando en su propio nombre y representación contra las ciudadanas MARIA RODRIGUEZ Y YANET MARCANO, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio; así como los recaudos acompañados y los alegatos esgrimidos en el mismo, en el cual alega la presunta violación de preceptos constitucionales, basado en los artículos 60 y 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos, y Garantías Constitucionales; este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 7 y 26 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en acatamiento de la Sentencia Nº 7 del 1º de febrero de 2000, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado: Dr. Jesús Eduardo Cabrera, y sentencia Nº 1139, de la misma Sala dictada en fecha 5 de octubre de 2000, ratificada en sentencia dictada en el exp. Nº 00-1461, de fecha 18 d diciembre de 2001, con ponencia del Dr. Pedro Rondon Haaz, ADMITE cuanto ha lugar en derecho el Amparo Constitucional propuesto, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia, Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia se ordena la notificación de la presunta agraviante, ciudadanas MARIA RODRIGUEZ Y YANET MARCANO, antes identificados, a los fines que se sirva concurrir a este Juzgado, ubicado en el piso 3, Torre Norte del Centro Simón Bolívar, Caracas, Distrito Capital, a objeto de que tenga conocimiento sobre el día y la hora en que se celebrará la audiencia oral y pública en el presente Amparo Constitucional, la cual tendrá lugar tanto en su fijación como para su celebración, dentro de las NOVENTA Y SEIS (96) horas computadas a partir de la notificación que sea practicada. Notifíquese, de la apertura del presente procedimiento, tal como lo establece el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, al MINISTERIO PÚBLICO, en la persona del Director en lo Constitucional y Contencioso Administrativo, según lo ordenado mediante oficio Nº 46579 de fecha 17-10-2002, acompáñese a la misma copia certificada del escrito de la solicitud de amparo y del presente auto de admisión. Líbrese boleta de notificación y oficio, previa consignación de los fotostatos respectivos mediante diligencia, y hágase entrega de los mismos a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, a objeto que se practique las diligencias correspondientes. Cúmplase.
La Juez,
SARITA MARTÍNEZ CASTRILLO.
La Secretaria Temporal,
ANA K. BRITO MIJARES.
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SMC/AKBM/KC