ASUNTO: AP21-L-2011-003851
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO
En el día de hoy, Jueves Veintiséis (26) de septiembre de dos mil trece (2013), siendo las 10:00 a.m., día y hora fijada por este Juzgado para que tenga lugar la Audiencia de Juicio en el presente juicio, se anunció el acto a las puertas de la Sala de Audiencias del Circuito Judicial del Trabajo ubicada en el Centro Financiero Latino de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, haciéndose presente los abogados JOSE LORENZO JOAQUIN G FARIA ADRIAN Y MARIA DE JESUS PINEDA DE SERRA, inscritos en el IPSA bajo los Nrºs 90.794 y 83.935, quienes actúan con el carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano JESUS ALEJANDRO PACHECO PEREZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.481.941, quien no se encuentra presente. Asimismo, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada a través de sus Apoderados judiciales, ciudadanos MARVICELIS JOSEFINA VASQUEZ COTUA Y JOSE A ZAMBRANO AURE, inscritos en los inpreabogados 105.941 y 35.650, quienes representan primera de ellos a la Institución FONDO DE PROTECCION SOCIAL DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS (FOGADE) y el segundo de ellos a la empresa JUNTA INTERVENTORA DE LA EMPRESA ADMINISTRADORA URBANA S.A. Esta Juzgadora en conversación con la parte actora y la parte demandada y en virtud de que estamos en presencia de una Institución que se encuentra en Estado De Junta Interventora, consideramos prudente no abrir la Audiencia de Juicio de acuerdo a la ultima sentencia del Tribunal Supremo de Justicia que alega la Falta de Jurisdicción de la Sala Político Administrativa caso Norma Espinoza y Seguros Banvalor que establece que no hay jurisdicción para conocer del presunto asunto y en virtud del estudio del presente expediente y el estatus jurídico de la parte demandada, nos vemos en la obligación de Suspender la presente Audiencia y asimismo se genera la consecuencia de la paralización del presente juicio, esto en conformidad con la parte actora, parte demandada y la ciudadana Juez. En consecuencia este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas Procedió declarar PRIMERO: la Falta de Jurisdicción de este Tribunal para conocer y decidir la presente demanda `por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos laborales interpuesta por el ciudadano JESUS ALEJANDRO PACHECO PEREZ, contra JUNTA INTERVENTORA DE LA EMPRESA ADMINISTRADORA URBANA S.A, SEGUNDO: Por cuanto no hay norma en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que regule el tramite procidimental relacionado con la Falta de Jurisdicción, es por lo que en virtud de lo dispuesto en el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, aplicado analógicamente al presente caso y conforme a lo preceptuado en los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, ordena la remisión inmediata del expediente de la causa a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia con el objeto de la consulta obligatoria, que para el caso de negativa de Jurisdicción establece la parte in fine del articulo 59 del mencionado Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Esta acta tiene efecto de Sentencia Interlocutoria con Carácter de Fuerza Definitiva, la cual quedara Publicada al día de hoy, es a partir del día siguiente de hoy para que ejerzan los recursos pertinentes. CUARTO: Notificar de la presente Acta de Sentencia Con Fuerza Definitiva a la Procuraduría General de la Republica Bolivariana de Venezuela e igualmente a la Junta Interventora de la empresa Administradora Urbana, S.A.
ALIDA FELIPE ROJAS
LA JUEZ
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
KELLY SIRIT
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