REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
203º y 154º
ASUNTO : AP51-J-2013-015847
Motivo: AUTORIZACIÓN PARA TRAMITAR PASAPORTE
Solicitante: MAYTE LISBETH CARAMES CAÑA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nro. V-11.088.021.
Abogada: GERALDINE LOPEZ SANCHEZ, Defensora Pública Vigesima.

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman la presente solicitud de AUTORIZACIÓN PARA TRAMITAR PASAPORTE, presentada por la ciudadana MAYTE LISBETH CARAMES CAÑA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nro. V-11.088.021; se observa del acta que antecede de fecha 18/09/2013, cursante al folio 8 del presente asunto, la no comparecencia de la solicitante, demostrando desinterés en la causa, y al no haberse cumplido la formalidad de Ley, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de AUTORIZACIÓN PARA TRAMITAR PASAPORTE, y en consecuencia, se DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA, es por ello que se ordena el CIERRE Y ARCHIVO de la presente causa. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día diecinueve (19) de Septiembre de Dos Mil Trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
LA JUEZ
LA SECRETARIA
ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
ABG. LUISA OLIVEROS
Jennifer