REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, veintiuno (21) de abril de dos mil catorce (2014).

204° y 155°

Vista la diligencia estampada por los abogados JULIO CÉSAR PÉREZ PALELLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 122.494, actuado en su condición de apoderado judicial de la ciudadana SANTA PALELLA STRACUZZI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.976.408, y por la abogada IBELICE CAROLINA ZORRILLA DÁVILA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 212.248, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional (UNEFA), mediante la cual exponen que en virtud de la transacción realizada en fecha 14 de abril de 2014, solicitan la homologación de la misma y se proceda al archivo del expediente, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad a lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. En consecuencia, se declara terminado el procedimiento y ordena el archivo del expediente y su posterior remisión a las Oficinas respectivas.
LA JUEZA,


Dra. HELEN NAVA DE URDANETA

EL SECRETARIO,


LUÍS ARMANDO SÁNCHEZ





Exp. No. 007357
Mario.