REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL
DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

PARTE ACTORA
Ciudadano FRANZ DIEMINGER ROBERTSON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad No. V-9.879.497, y la sociedad mercantil INVERSIONES 405070 C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 19 de julio de 1995, bajo el No. 68, Tomo 217-A-Pro. APODERADOS JUDICIALES: Ramón Escovar León, Pedro Javier Mata Hernández, Ramón Escovar Alvarado, Juan Enrique Croes Campbell, Juan Andrés Suárez Otaola, Andrés Carrasquero Stolk, Vladimir J. Falcón, Gonzalo Salima Hernández, Wilmer Rosales, Miguel E. Archila, Carla Loyo Miot, Nevai A. Ramírez Baldo, Ronald José Puente González y Santiago Puppio Vegas, letrados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 10.594, 43.897, 97.073, 118.723, 105.824, 95.070, 60.905, 55.950, 63.867, 70.765, 123.288, 124.443, 149.093 y 127.956, respectivamente.

PARTE DEMANDADA
Sociedad Mercantil INDUSTRIAS UNIALFA C.A. (anteriormente denominada INVERSIONES ALFA P 94, C.A.), inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 30 de junio de 1994, bajo el Nº 8, Tomo 103-A Pro., en la persona de su Presidente Tommaso Sciamanna Di Gennaro, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V-9.486.143; a los accionistas de la mencionada empresa, ciudadanos RAMÓN FERNÁNDEZ MENÉNDEZ, ANTONIO UCHA UCHA, JUAN CARLOS ALFONSO MORENO, ANA MARZAL DE BOLÍVAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-6.960.450, V-8.966.952, V-5.609.679 y V-4.637.889, respectivamente, y la SUCESIÓN DEL DE CUJUS BENITO SCIAMANNA SCATASTA, en la personas de los ciudadanos HAYDEE SCIAMANNA DI GENNARO, ELENA DI GENNARO DE SCIAMANNA y TOMASSO SCIAMANNA DI GENNARO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-10.871.716, E-783.391 y V-9.486.143, respectivamente; y la sociedad mercantil INVERSIONES PANDIELLA C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo (II) de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 11 de febrero de 1979, bajo el No. 24, Tomo 41-A, en la persona de su Presidente José Antonio García Martínez. APODERADOS JUDICIALES: Mirtha Thariffe de Mora, letrada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 10.459, quien representa a los mencionados co-demandados, a excepción del ciudadano RAMÓN FERNÁNDEZ MENÉNDEZ, quien está representado por la abogada Mary Paola Fernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 98.994.

TERCEROS INTERVINIENTES
Ciudadanos ANIRAYS MARÍA BOLÍVAR MARSAL y LORENZO ANTONIO TOVAR MARZAL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las Cédulas de Identidad No. V-16.114.301 y V-18.022.100, respectivamente. APODERADA JUDICIAL: Mirtha Thariffe de Mora, letrada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 10.459.


MOTIVO
NULIDAD DE ASAMBLEA
(Homologación)

I

Se recibieron las presentes actuaciones en fecha 01 de agosto de 2011 del Tribunal Superior Distribuidor de Turno, con motivo de los recursos de apelación interpuestos por las abogadas Egdy Gisela Weffer, apoderada judicial de la sociedad mercantil INDUSTRIAS UNIALFA C.A. y los ciudadanos ANA MARZAL DE BOLÍVAR, ELENA DI GENNARO DE SCIAMANNA, HAYDEE SCIAMANNA DI GENNARO, RAMÓN FERNÁNDEZ MENÉNDEZ y TOMMASO SCIAMANNA DI GENNARO (co-demandados), y Maritza Raquel Romero Farfán, representación judicial de los ciudadanos JUAN CARLOS ALFONSO MORENO (co-demandado), ANIRAYS MARÍA BOLÍVAR MARSAL y LORENZO ANTONIO TOVAR MARZAL (terceros intervinientes), contra la decisión dictada el 20 de octubre de 2009 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de NULIDAD DE ASAMBLEA incoado por el ciudadano FRANZ DIEMINGER ROBERTSON y la sociedad mercantil INVERSIONES 405070 C.A, en contra de los ciudadanos RAMÓN FERNÁNDEZ MENÉNDEZ, ANTONIO UCHA UCHA, JUAN CARLOS ALFONSO MORENO, ANA MARZAL DE BOLÍVAR, de la SUCESIÓN DEL DE CUJUS BENITO SCIAMANNA SCATASTA, en la personas de los ciudadanos HAYDEE SCIAMANNA DI GENNARO, ELENA DI GENNARO DE SCIAMANNA y TOMASSO SCIAMANNA DI GENNARO, y las sociedades mercantiles INDUSTRIAS UNIALFA C.A e INVERSIONES PANDIELLA C.A..

Mediante auto del 08 de agosto de 2011 el ciudadano Juez Titular de este Despacho Judicial se abocó al conocimiento y revisión de la causa de marras, fijando el décimo (10º) día de despacho siguiente a dicha data para la verificación del acto de informes, de conformidad con el artículo 517 del Código de Procedimiento Civil.

En el acto de informes verificado el 19 de octubre de 2011, comparecieron los abogados: (i) Egdy Gisela Weffer, apoderada judicial de la sociedad mercantil INDUSTRIAS UNIALFA C.A. y los ciudadanos ANA MARZAL DE BOLÍVAR, ELENA DI GENNARO DE SCIAMANNA, HAYDEE SCIAMANNA DI GENNARO, RAMÓN FERNÁNDEZ MENÉNDEZ y TOMMASO SCIAMANNA DI GENNARO (co-demandados), (ii) Ronald José Puente González, representación judicial del ciudadano FRANZ DIEMINGER ROBERTSON y la empresa INVERSIONES 405070 C.A.(parte actora), (iii) Maritza Raquel Romero Farfán, mandataria judicial de los ciudadanos ANIRAYS MARÍA BOLÍVAR MARSAL y LORENZO ANTONIO TOVAR MARZAL (terceros intervinientes), y consignaron sus respectivos escritos.

Por auto de fecha 07 de noviembre de 2011, se dejó constancia que comparecieron: (i) Maritza Raquel Romero Farfán, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JUAN CARLOS ALFONSO MORENO (co-demandado), ANIRAYS MARÍA BOLÍVAR MARSAL y LORENZO ANTONIO TOVAR MARZAL (terceros intervinientes), (ii) Egdy Gisela Weffer, representación judicial de la sociedad mercantil INDUSTRIAS UNIALFA C.A. y los ciudadanos ANA MARZAL DE BOLÍVAR, ELENA DI GENNARO DE SCIAMANNA, HAYDEE SCIAMANNA DI GENNARO, RAMÓN FERNÁNDEZ MENÉNDEZ y TOMMASO SCIAMANNA DI GENNARO (co-demandados), (iii) Gonzalo Salima Hernández, mandatario judicial del ciudadano FRANZ DIEMINGER ROBERTSON y la empresa INVERSIONES 405070 C.A.(parte actora), y consignaron sus respectivos escritos de observaciones a los informes de su contraparte, por lo que se dijo “vistos” entrando la causa en estado de sentencia.

A través de diligencia del 25 de noviembre de 2011, comparecieron las mencionadas representaciones judiciales y solicitaron las partes de común acuerdo, de conformidad con lo previsto en el parágrafo 2º del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, se suspendiera el curso de la causa por un lapso de diez (10) días de despacho, exclusive a dicha data, quedando entendido que la causa se reanudaría en el día de despacho siguiente que correspondiera al vencimiento del lapso de suspensión, sin necesidad de notificación previa.

Mediante auto de fecha 28 de noviembre de 2011, este Órgano Jurisdiccional acordó suspender la presente causa, por el lapso diez (10) días de despacho a partir de dicha data inclusive, de conformidad con lo previsto en el parágrafo 2º del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil.

Por diligencia del 25 de enero de 2012, la abogada Egdy Gisela Weffer, representación judicial de la sociedad mercantil INDUSTRIAS UNIALFA C.A. y los ciudadanos ANA MARZAL DE BOLÍVAR, ELENA DI GENNARO DE SCIAMANNA, HAYDEE SCIAMANNA DI GENNARO, RAMÓN FERNÁNDEZ MENÉNDEZ y TOMMASO SCIAMANNA DI GENNARO (co-demandados), solicitó la reanudación de la causa de marras, en virtud de que ya había vencido el lapso de suspensión peticionado.

A través de auto de fecha 01 de febrero de 2012, este Tribunal ordenó la reanudación del proceso en el estado en que se encontraba para el momento de la suspensión, a partir de dicha data, exclusive.

Mediante diligencia del 01 de octubre de 2013, compareció por ante la Secretaria de este Juzgado la abogada Mirtha Thariffe de Mora, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 10.459, en su carácter de apoderada judicial de los co-demandados ANTONIO UCHA UCHA, JUAN CARLOS ALFONSO MORENO, ANA MARZAL DE BOLÍVAR, HAYDEE SCIAMANNA DI GENNARO, ELENA DI GENNARO DE SCIAMANNA, TOMASSO SCIAMANNA DI GENNARO, las sociedades mercantiles INDUSTRIAS UNIALFA C.A. e INVERSIONES PANDIELLA C.A., y los terceros intervinientes ANIRAYS MARÍA BOLÍVAR MARSAL y LORENZO ANTONIO TOVAR MARZAL, manifestando que desistía del recurso de apelación deferido a esta Alzada, atendiendo a las instrucciones impartidas por sus representados y a la transacción celebrada que constaba en instrumento autenticado, la cual acompañaba al expediente (folios 245 al 251), por lo que solicitaba su homologación y la remisión de los autos al Tribunal de la Causa.

Por diligencia de fecha 30 de octubre de 2013, el abogado Ronald José Puente González, apoderado judicial de la parte accionante, consignó copias simples de todos los poderes, manifestando que de éstos se desprendía ampliamente la representación de la abogada Mirtha Thariffe, razón por la cual solicitaba se declarara con lugar el desistimiento efectuado.

A través de auto del 20 de noviembre de 2013, este Órgano Jurisdiccional instó a las partes interesadas a consignar copias de los poderes faltantes identificados en la mencionada transacción, a los fines de emitir el pronunciamiento respecto al desistimiento formulado en el proceso de marras.

Mediante diligencia de fecha 29 de enero de 2014, el abogado Ronald Puente González, apoderado judicial de la parte actora, consignó copia simple de poderes otorgados a la abogada Mirtha Tharife por parte de los ciudadanos Antonio Ucha Ucha y María Sobral de Ucha.

Por diligencia del 06 de febrero de 2014, el abogado Ronald Puente González, apoderado judicial de la parte actora, consignó copia simple de poderes otorgados a la abogada Mirtha Tharife por parte del Presidente y Vicepresidente de la empresa Industrias Unialfa C.A., y los ciudadanos Ana Marzal Bolívar y Ramón Fernández Menéndez.

A través de diligencia de fecha 25 de febrero de 2014, el abogado Ronald Puente González, apoderado judicial de la parte actora, consignó copia simple de poder otorgado a la abogada Mirtha Tharife por parte del ciudadano Antonio Ucha Ucha.

Mediante diligencia del 31 de marzo de 2014, el abogado Ronald Puente González, apoderado judicial de la parte actora, consignó copia certificada (Folios 317 al 328) de la homologación de la transacción efectuada entre las partes dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 06-03-2014, a los fines de que se homologara el desistimiento realizado en autos.

II
MOTIVA

Visto el desistimiento del recurso de apelación formulado por la abogada Mirtha Thariffe de Mora, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 10.459, en su carácter de apoderada judicial de los co-demandados ANTONIO UCHA UCHA, JUAN CARLOS ALFONSO MORENO, ANA MARZAL DE BOLÍVAR, HAYDEE SCIAMANNA DI GENNARO, ELENA DI GENNARO DE SCIAMANNA, TOMASSO SCIAMANNA DI GENNARO, las sociedades mercantiles INDUSTRIAS UNIALFA C.A. e INVERSIONES PANDIELLA C.A., y los terceros intervinientes ANIRAYS MARÍA BOLÍVAR MARSAL y LORENZO ANTONIO TOVAR MARZAL, este Órgano Jurisdiccional se adentra al análisis del mismo y al subsecuente pronunciamiento.

Consta en autos diligencia del 01 de octubre de 2013, mediante la cual la abogada Mirtha Thariffe de Mora, apoderada judicial de los co-demandados ANTONIO UCHA UCHA, JUAN CARLOS ALFONSO MORENO, ANA MARZAL DE BOLÍVAR, HAYDEE SCIAMANNA DI GENNARO, ELENA DI GENNARO DE SCIAMANNA, TOMASSO SCIAMANNA DI GENNARO, las sociedades mercantiles INDUSTRIAS UNIALFA C.A. e INVERSIONES PANDIELLA C.A., y los terceros intervinientes ANIRAYS MARÍA BOLÍVAR MARSAL y LORENZO ANTONIO TOVAR MARZAL, manifiesta: “(…) DESISTO DE LA APELACIÓN INTERPUESTA, atendiendo a las instrucciones impartidas por mis representadas, y a la transacción celebrada que consta en el instrumento autenticado, que acompaño en siete (07) folios útiles. Homologado como sea el desistimiento, solicito el cierre del expediente, y remisión al tribunal de la causa. Es todo, terminó, se leyó y conformen firman…” (Folio 244)

Asimismo, se observa de las actas procesales copia certificada de sentencia de fecha 06 de marzo de 2014 proferida por el Juzgado de la Causa (Folios 317 al 328), mediante la cual declaró HOMOLOGADA la transacción presentada en fecha 25 de septiembre de 2013 ante el a-quo y celebrada el 19 de septiembre de 2013 ante la Notaría Vigésima Segunda del Municipio Libertador del Distrito Capital, en los términos señalados por la partes, en el juicio que por Nulidad de Asamblea interpuso el ciudadano FRANZ DIEMINGER ROBERTSON y la sociedad mercantil INVERSIONES 405070 C.A, en contra de los ciudadanos RAMÓN FERNÁNDEZ MENÉNDEZ, ANTONIO UCHA UCHA, JUAN CARLOS ALFONSO MORENO, ANA MARZAL DE BOLÍVAR, de la SUCESIÓN DEL DE CUJUS BENITO SCIAMANNA SCATASTA, en la personas de los ciudadanos HAYDEE SCIAMANNA DI GENNARO, ELENA DI GENNARO DE SCIAMANNA y TOMASSO SCIAMANNA DI GENNARO, y las sociedades mercantiles INDUSTRIAS UNIALFA C.A e INVERSIONES PANDIELLA C.A.

Revisados los autos y el texto de la mencionada decisión, se deriva que, quien desiste ante esta Alzada, la abogada Mirtha Thariffe de Mora, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 10.459, funge como apoderada judicial de los co-demandados ANTONIO UCHA UCHA, JUAN CARLOS ALFONSO MORENO, ANA MARZAL DE BOLÍVAR, HAYDEE SCIAMANNA DI GENNARO, ELENA DI GENNARO DE SCIAMANNA, TOMASSO SCIAMANNA DI GENNARO, las sociedades mercantiles INDUSTRIAS UNIALFA C.A. e INVERSIONES PANDIELLA C.A., y los terceros intervinientes ANIRAYS MARÍA BOLÍVAR MARSAL y LORENZO ANTONIO TOVAR MARZAL (Folio 323).

Asimismo, se observa que el recurso del cual se desiste lo constituye la apelación interpuesta en contra de la decisión del 20 de octubre de 2009 (Fols. 127 al 129) dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual, entre otros puntos, decretó medidas innominadas, surgiendo la incidencia de marras en el juicio que por NULIDAD DE ASAMBLEA incoara el ciudadano FRANZ DIEMINGER ROBERTSON y la sociedad mercantil INVERSIONES 405070 C.A, en contra de los ciudadanos RAMÓN FERNÁNDEZ MENÉNDEZ, ANTONIO UCHA UCHA, JUAN CARLOS ALFONSO MORENO, ANA MARZAL DE BOLÍVAR, de la SUCESIÓN DEL DE CUJUS BENITO SCIAMANNA SCATASTA, en la personas de los ciudadanos HAYDEE SCIAMANNA DI GENNARO, ELENA DI GENNARO DE SCIAMANNA y TOMASSO SCIAMANNA DI GENNARO, y las sociedades mercantiles INDUSTRIAS UNIALFA C.A e INVERSIONES PANDIELLA C.A.

Ahora bien, esta Superioridad no observa que el desistimiento en referencia contenga alguna violación del orden público, de las buenas costumbres, o que la apoderada que la suscribió carezca de capacidad, ni que haya actuado en contravención a lo pautado en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.

En consecuencia, cumpliendo el desistimiento del recurso de apelación los requisitos legales respectivos, esta Alzada debe acordar su homologación conforme a los artículos 263 y Ss. del Capítulo III del Código de Procedimiento Civil, quedando definitivamente firme la resolución judicial primigeniamente recurrida de fecha 20 de octubre de 2009.

Cabe destacar, que las partes consignaron ante este Tribunal copia simple de transacción efectuada el 19-09-2013 por ante la Notaría Pública Vigésima Segunda del Municipio Libertador del Distrito capital (Folios 245 al 251 y 253 al 259), en la cual acordaron que la homologación de la misma surtiera los efectos de una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada poniendo fin al juicio, así como convinieron que ambas partes asumirían el pago de las costas y costos de los honorarios profesionales de sus respectivos apoderados, generados con motivo del presente juicio. Dicha transacción fue homologada por el Juzgado de la Causa en fecha 06 de marzo de 2014 (Folios 317 al 328), quien conocía del juicio principal.

III
DE LA DECISION

Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento de la apelación formulado el 01 de octubre de 2013 por la abogada Mirtha Thariffe de Mora, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.10.459, quien funge como apoderada judicial de los co-demandados ANTONIO UCHA UCHA, JUAN CARLOS ALFONSO MORENO, ANA MARZAL DE BOLÍVAR, HAYDEE SCIAMANNA DI GENNARO, ELENA DI GENNARO DE SCIAMANNA, TOMASSO SCIAMANNA DI GENNARO, las sociedades mercantiles INDUSTRIAS UNIALFA C.A. e INVERSIONES PANDIELLA C.A., y los terceros intervinientes ANIRAYS MARÍA BOLÍVAR MARSAL y LORENZO ANTONIO TOVAR MARZAL, en el juicio de NULIDAD DE ASAMBLEA incoado por el ciudadano FRANZ DIEMINGER ROBERTSON y la sociedad mercantil INVERSIONES 405070 C.A, en contra de los ciudadanos RAMÓN FERNÁNDEZ MENÉNDEZ, ANTONIO UCHA UCHA, JUAN CARLOS ALFONSO MORENO, ANA MARZAL DE BOLÍVAR, de la SUCESIÓN DEL DE CUJUS BENITO SCIAMANNA SCATASTA, en la personas de los ciudadanos HAYDEE SCIAMANNA DI GENNARO, ELENA DI GENNARO DE SCIAMANNA y TOMASSO SCIAMANNA DI GENNARO, y las sociedades mercantiles INDUSTRIAS UNIALFA C.A e INVERSIONES PANDIELLA C.A., quedando definitivamente firme la resolución judicial primigeniamente recurrida, dictada (el 20-10-2009) por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (Expediente Nº AH15-X-2009-000092, nomenclatura interna de ese Tribunal);

SEGUNDO: No se produce condenatoria en costas dado el acuerdo de las partes respecto a las mismas, lo cual es procedente conforme con lo establecido en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.

Regístrese, Publíquese la presente decisión y en la oportunidad legal remítase la causa al a-quo.

Dada, firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la Ciudad Capital de la República Bolivariana de Venezuela, a los siete (07) días del mes de abril de dos mil catorce (2014). Años 203° y 155°.-
EL JUEZ

Dr. ALEXIS JOSÉ CABRERA ESPINOZA


LA SECRETARIA

ABG. ANA MORENO V.
En esta misma fecha, siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), se publicó y registró la presente decisión.
LA SECRETARIA

ABG. ANA MORENO V.
EXP. N° 10.370
AJCE/AMV/fccs
Int./F. Def