Vista la diligencia que antecede, presentada por la abogada BETTY PEREZ AGUIRRE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 19.980, en carácter de apoderada judicial de la parte actora sociedad mercantil BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, mediante la cual manifiesta desistir formalmente del procedimiento seguido contra el ciudadano LUIS LOPEZ, contenido en el presente expediente, y consigna original de carta suscrita por el ciudadano RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, en la cual autoriza expresamente a sus apoderados judiciales abogados BETTY PEREZ AGUIRRE, FELIX FERRER SALAS, ANTONIO CASTILLO CHAVEZ y FRANCISCO HURTADO VEZGA, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 19.980, 25.032, 45.021 y 37.993, respectivamente, para desistir del procedimiento en el juicio que por motivo de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA DE VEHICULOCON RESERVA DE DOMINIO, sigue el BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, contra el ciudadano LOPEZ RODRIGUEZ LUIS GUILLERMO, contenido en el expediente Nº AP31-V-2012-001878. Al respecto el Tribunal observa:
La abogada BETTY PEREZ AGUIRRE, antes identificada, está debidamente facultada para desistir de la presente demanda y del procedimiento, según consta de original de carta suscrita por el ciudadano RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil antes mencionada, y el presente juicio se trata de materia en las cuales no están prohibidas las transacciones. En consecuencia, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara consumado el acto de desistimiento presentado en fecha 2 de abril de 2014, teniéndose el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, a tenor de lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho de este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los siete (7) días del mes de abril de dos mil catorce (2014). Años 203° y 155°
LA JUEZ TITULAR,


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Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO.
LA SECRETARIA TITULAR,

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Abg. VIOLETA RICO CHAYEB.
En la misma fecha, siendo las a.m., se registró y publicó la anterior sentencia.
LA SECRETARIA TITULAR,

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Abg. VIOLETA RICO CHAYEB.
ZMRZ/VRC/Daniel.