REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veintinueve (29) de abril de 2014.-
204º y 155º
Vista la demanda que antecede, la cual fue asignada a este Juzgado por Distribución, de conformidad a lo previsto en la Resolución No.2009-0006, del 18 de Marzo del 2009, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, bajo el No.39.152, en fecha 02 de Abril del 2014, este Tribunal observa: revisadas las actas que conforman el presente expediente, del mismo se desprende, que el presente proceso trata de un juicio por ACCION MERO DECLARATIVA, intentada por la ciudadana MARIANELLA GUANIRE PEREZ, a los fines de que se declare la unión de concubinato con el ciudadano (FALLECIDO) FREDDY JOSE ROSA DIAZ; asimismo se evidencia que de dicha unión concubinaria procrearon dos (02) hijos, que a la presente fecha son menores de edad de (6 y 2 años), por lo cual resulta forzoso para este tribunal pronunciarse en dicho asunto en cuanto a la materia, en consecuencia este Juzgado se declara INCOMPETENTE para conocer del mismo, en razón de la materia, a tenor de lo dispuesto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, DECLINA su competencia al Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (A quien corresponda por distribución). ASÍ SE DECIDE. Remítase el presente expediente al Juzgado Competente, una vez vencido el lapso establecido en el artículo 69 ejusdem.-
LA JUEZ,
Dra. MARITZA BETANCOURT.-
EL SECRETARIO
ABG. LEON CAMPOS
MB/LC/yurman
Exp. N° AP31-V-2014-000471