REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 29 de Abril de 2014.-
204° y 155°

Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos LUIS RICARDO PEREZ MARTINEZ, MARYORI YSABEL PEREZ MARTINEZ, LENIS BEATRIZ PEREZ MARTINEZ, DAVID DIONISIO PEREZ MARTINEZ y HAIDEE JOSEFINA PEREZ MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.517.440, V-9.065.446, V-6.515.477, V-6.505.013 y V-9.065.349, respectivamente, causahabientes del De Cujus DIONISIO PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº.V-270.672, quien falleció el día 10 de enero del 2012, en el Municipio Sucre del Estado Miranda. Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.-
LA JUEZ,

Abg. MARIA DEL CARMEN GARCIA HERRERA.
LA SECRETARIA,


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MCGH/jesus;
Exp: AP31-S-2014-002066