REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, a los 7 de abril de 2014
Años 203º de la Independencia y 155º de la Federación.

Vista la diligencia que antecede, presentada por el ciudadano RAFAEL RAMIREZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.267, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL, mediante la cual solicita que se libre oficio al Instituto Nacional de Transporte Terrestre, para que detengan el vehiculo a los fines de la entrega material, en virtud de haber quedado firme la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 27 de noviembre de 2012, el Tribunal a los fines de ejecutar la entrega material real y efectiva a la parte demandante decretada en fecha 8 de julio de 2013, ordena librar oficio al Instituto Nacional de Transporte Terrestre, para que sea detenido el vehiculo identificado como MARCA: IVECO; MODELO: 170E22T; AÑO: 2008; COLOR: BLANCO; TIPO: CHUTO; USO: CARGA; SERIAL DEL MOTOR: F4A0681D6004364; SERIAL DE CARROCERÍA:8XVA2TFS68V401932; y PLACA O MATRICULA: A23-AA3M, y puesto a la orden de este Tribunal: Cúmplase.: Cúmplase.
LA JUEZ

MARIA DEL CARMEN GARCIA HERRERA
LA SECRETARIA

ARELIS FALCON

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en el auto anterior.

LA SECRETARIA

ARELIS FALCON
AP31-V-2012-000977
MCGH/AF/gm