REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, cinco (05) de agosto de dos mil catorce (2014).

Años 204º y 155º
Vista la decisión dictada por este Juzgado Superior en fecha 29 de julio de 2.014, actuando en sede constitucional de segundo grado, mediante la cual se confirmó el fallo dictado por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 16 de junio de 2014; este Tribunal ordena la remisión del presente expediente al Juzgado antes mencionado. Líbrese oficio.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Temporal,

María Elvira Reis.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, cinco (05) de agosto de dos mil catorce (2014).
Años 204º y 155º

Oficio N°2014-A-
Ciudadana
Dra. Bella Dayana Sevilla Jiménez.
Juez Duodécimo de Primera Instancia en lo
Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la
Circunscripción Judicial del Área
Metropolitana De Caracas.-
Su Despacho

Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el N° AP71-R-2014-000695 (406) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por amparo constitucional sigue la sociedad mercantil Servicios Valmont C.A. en contra del Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, constante de una (01) pieza de ciento setenta y cinco (175) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este tribunal en fecha veintinueve (29) de julio de dos mil catorce (2014).

DIOS Y FEDERACION
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.

VJGJ/ralven
EXP. N°AP71-R-2014-000695 (406)