N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-000885

PARTE ACTORA: JENNY MILAGRO LEO GONZALEZ.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: LIBNA MOTTA.
PARTE DEMANDADA: FUNDACION NACIONAL EL NIÑO SIMON.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ROSALBA DASILVA JIMENEZ.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.


Hoy, 05 de Agosto de 2014, siendo las 10:30 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la comparecencia de la abogada ROSALBA DASILVA JIMENEZ., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 113.916, apoderada judicial de la parte demandada y se deja constancia de la falta de comparecencia de la parte actora, ni su por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 155 ° y 203 °. Asimismo, se deja constancia que se le hizo entrega de las pruebas a la parte demandada.
LA JUEZ


YRMA ROMERO M.-



EL SECRETARIO


CARLOS MORENO



APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA