Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos GERARDO ANTONIO MONTESINOS GUDIÑO Y DIANA JOSEFINA MEJÍAS VOLCAN, titulares de las cédulas de identidad Nros. 19.185.336 y 24.018.685 respectivamente, en beneficio de su hija X, por concepto de Obligación de Manutención. Donde el padre de la niña, ciudadano Gerardo Montesinos, acordó pasarle la cantidad de mil quinientos bolívares (Bs. 1.500,oo) mensuales en forma fraccionada, es decir setecientos cincuenta bolívares (Bs. 750,oo) quincenalmente, y cubrirá totalmente los gastos en el mes de septiembre de uniformes y útiles escolares, y en diciembre los gastos decembrinos, más el 50% de los gastos de consulta medicas y medicamentos en caso de enfermedad
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