ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-002198
PARTE ACTORA: WILLY ARNOLDO MADURO MARTINEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JOSE VICENTE HARO VILLAGOMEZ
PARTE DEMANDADA: FUENTE DE SODA RESTAURANT LA POLICLINICA, S.R.L.,
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE MONGUE ABACHE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, tres (03) de diciembre de dos mil catorce (2014), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece por ante este Despacho, el Abogado JOSE MONGUE ABACHE, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 114.282, en su condición de apoderado judicial de la entidad de trabajo demandada FUENTE DE SODA RESTAURANT LA POLICLINICA, S.R.L. En este estado, se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadano WILLY ARNOLDO MADURO MARTINEZ, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 204° y 155°.
EL JUEZ

ABG. ALCY SALAZAR LOZADA

LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA

ABG. LISBETH MONTES