REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Octavo (18°) de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dos (02) de diciembre del año dos mil catorce (2014)
204º y 155º

ACTA

Asunto Nº AP21-L-2014-003012
Parte demandante: YERICA FREYMARIZ RODRIGUEZ
Apoderado judicial de la parte demandante: No acreditó.
Parte demandada: LLENALO & RECICLALO XXI C.A.
Apoderada judicial de la parte demandada: Suheil Tovar
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, martes dos (02) de diciembre de 2014, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, compareció a la misma únicamente la abogada Suheil Tovar, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 180.312, actuando como apoderada judicial de la parte demandada LLENALO & RECICLALO XXI C.A., según consta de instrumento poder consignado en copia simple para ser agregado al expediente, junto a su original ad efectum vivendi. En este estado, se deja expresa constancia de la incomparecencia a esta audiencia, de la parte actora YERICA FREYMARIZ RODRIGUEZ, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; en consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 204° y 155º.

La Juez,
El Secretario,

Abg. María Mercedes Millán
Abg. Orlando Reinoso