REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, (16) de diciembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO: AP11-M-2013-000755
Sentencia Interlocutoria
Vistas las actas que conforman el presente asunto, luego de su revisión se verificó que el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 1 de diciembre de 2014, en la Acción de Amparo interpuesta por los representantes judiciales de la entidad mercantil INVERSIONES 902010, C.A., parte actora-reconvenida en el presente juicio, contra las actuaciones habidas en éste proceso, decretó Medida Cautelar de Suspensión del Proceso de Reconvención, así como de la medida decretada en fecha 6 de octubre de 2014, tal como se evidencia en el oficio signado con el No. 2014-403 de fecha 8 de diciembre de 2014, el cual fue agregado a los autos, en ésta misma fecha; ahora bien, este Tribunal en cumplimiento a la medida antes referida, ordena la suspensión del presente asunto, hasta tanto se decida el mérito de la acción de amparo incoada contra el presente proceso, ello con el objeto de acatar lo ordenado por el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 1 de diciembre de 2014. Cúmplase.-
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dr. ÁNGEL VARGAS RODRÍGUEZ.
Abg. GABRIELA PAREDES.
En esta misma fecha, se ordenó la suspensión del presente juicio.-
LA SECRETARIA,
Abg. GABRIELA PAREDES.
ASUNTO: AP11-V-2013-000755
AVR/GP/RB