N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-001825
Vista la diligencia de fecha primero (01) de diciembre de dos mil catorce (2014), suscrita por el ciudadano EDUARDO MIRABAL TEJADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 123.643, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano HUGO PEREZ PEREZ, titular de la cédula de identidad número 8.101.538, mediante la cual expone: “…DESISTO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO…”; en consecuencia, este Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido de los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, normativas aplicables analógicamente al proceso laboral, a tenor del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DEL PROCESO en la acción incoada por el ciudadano HUGO PEREZ PEREZ, titular de la cédula de identidad número 8.101.538, representado por su apoderado judicial el ciudadano EDUARDO MIRABAL TEJADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 123.643, en contra de SON DELICIAS 303 C.A y solidariamente al ciudadano HIROYUKI TAKEUCHI, a tenor de lo dispuesto en el artículo 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente a tenor del 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se da por terminado el proceso y se ordena el archivo del expediente.
EL JUEZ
LA SECRETARIA
FRANCISCO JAVIER RIO BARRIOS
Luisana Cote
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