REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
ASUNTO: AP31-V-2013-000670
En el día de hoy Nueve (09) de Diciembre de Dos Mil Catorce (2014), siendo las 09:00 a.m, oportunidad y hora fijada para que tuviera lugar la audiencia de mediación en el juicio que por DESALOJO incoara el ciudadano JOSE LUIS SALAZAR MAITA, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.573.986, en contra de la ciudadana MARÍA CATALINA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.904.253, sustanciado en el asunto signado bajo el Nro. AP31-V-2013-000670; se deja constancia de la comparecencia del Defensor Público Segundo en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria Para la Defensa del Derecho a la Vivienda del Área Metropolitana de Caracas, abogado OSCAR DAMASO, inscrito en el inpreabogado bajo los Nros. 170.206, en su carácter de Defensor Público designado a la parte demandada, ciudadana MARÍA CATALINA HERNANDEZ, antes identificada. Asimismo, se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora, ciudadano JOSE LUIS SALAZAR MAITA, antes identificados, ni por si ni por medio de apoderado alguno, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 105 de la Ley para la Regularización y Control de Los Arrendamientos de Vivienda se considera desistido el procedimiento y consecuencialmente a ello terminado el proceso, comenzando a correr el lapso de cinco (5) días de despacho siguiente a la presente fecha para que la parte actora ejerza el recurso de apelación correspondiente. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.
EL JUEZ

NELSON GUTIERREZ CORNEJO
EL ABOGADO DEFENSOR:

EL SECRETARIO,

RHAZES. I GUANCHE. M