ASUNTO AP41-U-2005-000950 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 012/2014

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 31 de Enero de 2014
203º y 154º

Vista la diligencia presentada en fecha 31 de enero de 2014, por el abogado Yovanny Quintero, identificado en autos, actuando en sustitución del Procurador General de la República, y por la otra parte Aldo Galindo, identificado en autos, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil PDVSA PETROLEO, S.A. mediante la cual acuerdan SUSPENDER EL PROCESO, por el lapso de noventa (90) días de Despacho, cursante en el Asunto signado AP41-U-2005-000950, contentivo del Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la referida recurrente, este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, aplicable a estos procesos por mandato expreso del artículo 332 del Código Orgánico Tributario, HOMOLOGA dicha suspensión por el lapso antes indicado, empieza a transcurrir a partir de la presente fecha (31/01/2014). Igualmente, se deja constancia que una vez vencido la presente suspensión, se realizará, sin auto expreso que la acuerde, la actuación correspondiente.
Se imprimen dos ejemplares bajo un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo para que repose en original en copiador de sentencias de este Tribunal.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de lo Contencioso Tributario a los treinta y uno (31) días de enero de dos mil catorce (2014).
El Juez,


Raúl Gustavo Márquez Barroso.-

La Secretaria,


Bárbara Luisa Vásquez Parraga

Asunto: AP41-U-2005-000950
RGMB/blvp/gg