REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, 14 de enero de 2014.
203º y 154º
Cumplidas como han sido las formalidades establecidas en el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, siendo consignadas la última de las notificaciones en fecha 30 de marzo de 2012, y por cuanto fue librado cartel de emplazamiento en fecha 11 de abril de 2012; este Tribunal observa, que la parte accionante no retiró y por ende no consignó el mencionado cartel de emplazamiento en el expediente, incumpliendo con lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en consecuencia este Tribunal declara DESISTIDO el procedimiento y extinguida la instancia, en la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano Germán Augusto Rojas, portador de la cédula de identidad Nº V- 2.099.182, debidamente asistido por el abogado José Enrique Mata E, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 51.489, contra el acto administrativo Nº 50.861, emitido por la Dirección General de Inquilinato del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, todo ello de conformidad con los artículos 80 y 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
LA JUEZ
MARIA ELENA CENTENO GUZMÁN
LA SECRETARIA ACC
MARIA ALEJANDRA OYA
Exp. 11-3044/Dt.