REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEPTIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 15 de enero de 2014
203º y 154º

ASUNTO: AP11-F-2010-000458

De una revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que en fecha 18 de diciembre de 2013, el ciudadano Alguacil dejo constancia de haber notificado al Defensor Judicial designado Carlos Agar, quien dentro de los Tres (3) días siguientes debió prestar la juramentación de ley; sin embargo luego de una revisión de las actas del presente expediente, a la presente fecha no consta la misma. Razón por la cual este Juzgado en aras de preservar un debido proceso repone la presente causa a fin de que el defensor judicial designado proceda a juramentarse conforme lo establece la ley dentro de los tres (3) días de despacho siguientes al de hoy sin necesidad de nueva notificación. Cúmplase.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 7º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 15 de enero de 2014. 203º y 154º.
EL JUEZ,

RICARDO SPERANDIO ZAMORA
LA SECRETARIA

YAMILET J. ROJAS M.
En esta misma fecha, siendo las 12:13 PM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA

YAMILET J. ROJAS M.

Asunto: AP11-F-2010-000458