VENEZUELA / PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 30 de enero de 2014
203° y 154°
Vista la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada por el ciudadano VICTOR ROBERTO VILORIA GASIBA, C.I.N° v-3.970.164, este juzgado observa lo siguiente:
1- En la copia certificada de la Partida de nacimiento se lee como nombre: “..ROVERTO…”.
2- En la Constancia de Nacimiento emanada de los archivos de la Maternidad Concepción Palacios, se observa que el nacido le fue colocado el nombre: “…Roberto…”.
3- La Cédula de Identidad del solicitante expresa el nombre: “…Roberto…”.
4- La hoja de Datos Filiatorios emanada del Archivo Central del Servicio Administrativo de identificación, Migración y Extranjería del Ministerio…Relaciones Interiores…, establece que el ciudadano con N° de Cédula v-3.970.164, lleva por nombre “…VICTOR ROBERTO…”.
5- Es notorio que el nombre “ROBERTO”, en la mayoría o totalidad de los casos se escribe y deletrea de esa manera, es decir, “ROBERTO”, y no “ROVERTO” como se copió en el Libro de Nacimientos.
6- Es evidente, y de la revisión de los anteriores puntos denota este juzgado que en el momento de la trascripción del nombre dictado por los padres del ciudadano solicitante, el funcionario escribiente cambió erróneamente una “V” en vez de una “B”, lo cual se considera un error material.
En tal sentido, este juzgado jurisdiccional, en aplicación del Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil vigente, y en concordancia con el Articulo 502 del Código Civil.- ORDENAR librar oficios a la UNIDAD DE REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA SAN JUAN DEL MUNICIPIO LIBERTADOR, CARACAS y al REGISTRO PRINCIPAL DELO DISTRITO CAPITAL, y proceda a corregir inmediatamente a partir de esta fecha, la inscripción realizada en fecha 15 de octubre de 1954, N° 2464, Folio 236 vto, a los fines de subsanar error y se cambie de la palabra: “ROVERTO”, la letra “V” por la letra “B”. Cúmplase.-
EL JUEZ,
PEDRO R. APONTE M
(FDO)
EL SECRETARIO
Abg. IUXTZABUT ANDRES LAYDERA
(FDO),
EXP. N° AP31-S-2014-000295
PRAM-itala
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