REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete (17) de enero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º

ASUNTO: AP31-S-2013-006218

SOLICITANTE: NESTOR VILLEGAS MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.354.891.

APODERADO JUDICIAL: VICTOR JULIO LIRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 7.339.

MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

Conoce este Tribunal de la presente solicitud, presentada por el ciudadano NESTOR VILLEGAS MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.354.891, asistido por el Abogado VICTOR JULIO LIRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 7.339, donde solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento. Alega el solicitante que fue presentado por ante el Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 09 de mayo de 1958, según acta No. 1345, la misma que acompaño marcada con la letra “A”, donde se le identifica a su madre como ADELA EVANGELISTA MONTILLA DE VILLEGAS, siendo esto incorrecto, ya que el nombre correcto es MARIA EVANGELISTA MONTILLA DE VILLEGAS, por lo que la corrección debe versar sobre: PRIMERO: donde dice “…ADELA…”, debe decir “…MARIA…”.
En fecha 15 de julio del 2013, se le dio entrada a la solicitud y se instó al solicitante a consignar copias certificadas de la partida de nacimiento y acta de matrimonio de su madre ciudadana MARIA EVANGELISTA MONTILLA DE VILLEGAS.
En fecha 11 de octubre de 2013, compareció el solicitante y consignó copia certificada de la partida de nacimiento y del acta de matrimonio de la ciudadana MARIA EVAGELISTA MONTILLA DE VILLEGAS.
En fecha 16 de octubre de 2013, se admitió la solicitud de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil y se ordenó librar boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público, en esa misma fecha se libró edicto.
En fecha 24 de octubre de 2013, compareció el solicitante y otorgo poder apud acta al abogado antes mencionado.
En fecha 30 de octubre de 2013, compareció el apoderado judicial y consignó los fotostatos correspondientes, a los fines de la elaboración de la boleta de notificación dirigida al Fiscal del Ministerio Público. Asimismo, en esa misma fecha dejo constancia de haber retirado edicto.
En fecha 05 de noviembre de 2013, se dictó auto mediante el cual se ordenó librar boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 27 de noviembre de 2013, compareció el apoderado judicial del solicitante, y consignó edicto publicado en la prensa.
En fecha 27 de noviembre de 2013, compareció el ciudadano FELWIL CAMPOS Alguacil adscrito a este Circuito Judicial, consignó boleta de notificación librada al Fiscal del Ministerio Público, debidamente firmada y sellada.
En fecha 28 de noviembre de 2013, compareció la Abogado Ynes Díaz Orellana, en su carácter de Fiscal Nonagésima Primera del Ministerio Público de Protección del Niño el Adolescente y la Familia, y señalo no tener nada que objetar al respecto de la solicitud.
Cumplidos como han sido todos los trámites relativos al presente procedimiento de Rectificación de Partida de Nacimiento, este Tribunal Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Nº: 1345 del año 1958, que reposa en el Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, en los siguientes términos: PRIMERO: donde dice “……ADELA…”, debe decir …MARIA…”.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los 17 días del mes de enero del dos mil catorce (2014). Años: 203º y 154º.