REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ( 31 ) de ENERO del Año 2014.-

203° Y 154°

Vista la transacción cursante a los folios (29 y siguientes), celebrada entre el ciudadano RODRIGUEZ GERD KRENTZIEN ALVAREZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado Nº 75.176, procediendo en su carácter de cesionario del contrato de arrendamiento de la Sociedad Mercantil C.A INMOBILIARIA PERDOMO DELGADO, (parte actora) originalmente Registrada en el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 30/08/1946, bajo el Nº 866, del Tomo 4-A posteriormente reformado su documento Constitutivo-Estatutario por documento inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 7/09/1977, quedando asentado bajo el Nº 28, Tomo 111-A-Sgdo, y sus sucesivas modificaciones, y la ciudadana MARIA JOSEFINA GONZALEZ DE ARGENTO, (parte demandada) venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.091.177, quien procede en nombre y representación de la Sociedad Mercantil TRANARG CONSULTORES, C.A, inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 06/12/1961, bajo el Nº 27, Tomo 38-A que versa sobre un inmueble propiedad de la Sociedad Mercantil INVERSORA LOS PRÓPCERES, S.R.L, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 30/07/1974, bajo el Nº 31, Tomo 119-A, mediante el cual ambas partes solicitan la homologación de la misma. Al respecto observa el Tribunal que la presente transacción no es contraria a derecho motivo por el cual este Juzgado le imparte su aprobación y en consecuencia su HOMOLOGACIÓN en los términos expuestos entre partes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ

Dr. RENAN JOSÉ GONZÁLEZ


EL SECRETARIO

Abg. ERICKSON JOSÉ MARTÍNEZ





















Exp. Nº AP31-V-2013-001731
RJG/EJM/pos**