REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 09 de Enero de 2014
Año 203° y 154°

ASUNTO N°: AP21-L-2013-003566

Vista la diligencia presentada en fecha 08 de Enero de 2014, por el abogado JOSE RAMON SANCHEZ TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.083, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil REUTERS LIMITED, así como el escrito transaccional suscrito en fecha 16 de Diciembre de 2013, por el abogado MAXIMILIANO HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.655, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano MARIO RICARDO NARANJO PROAÑO, titular de la cédula de identidad N° 84.554.718, por una parte y por la otra el abogado JOSE RAMON SANCHEZ TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.083, en su carácter de apoderado judicial de la entidad de trabajo REUTERS LIMITED, mediante el cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL BOLIVARES (Bs.819.000,00) los cuales fueron pagados de la manera que se especifica a continuación: a) La cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL BOLIVARES (Bs.756.000,00) realizada mediante transferencia bancaria por la cantidad de US$ 120.000,00 de los Estados Unidos de America a la tasa de cambio oficial de 1 dólar por cada 6,30 bolívares, dicha transferencia está identificada con la nomenclatura D30332187071, realizada el día 31 de octubre de 2013, desde la cuenta Nº 30623313, de la demandada, del Citibank sucursal Nueva York, Estados Unidos de Norte America, a la cuenta de la parte actora Nº 5001186755 del Banco Bolivariano, C.A., ubicado en Quito, Ecuador. b) La cantidad de TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.31.500,00) realizada mediante transferencia bancaria por la cantidad de US$ 5.000,00 de los Estados Unidos de America a la tasa de cambio oficial de 1 dólar por cada 6,30 bolívares, dicha transferencia está identificada con la nomenclatura D30230865365, realizada el día 31 de octubre de 2013, desde la cuenta Nº 30623313, de la demandada, del Citibank sucursal Nueva York, Estados Unidos de Norte America, a la cuenta de la parte actora Nº 000007115199 del Banco Santander, Chile, ubicada en Santiago, Chile. c) La cantidad de TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.31.500,00) pagada mediante cheque de gerencia Nº 01481735, de fecha 07 de noviembre de 2013, del Banco Citibank sucursal Venezuela, a nombre de la parte actora, ciudadano NARANJO PROAÑO MARIO RICARDO, este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT) y los artículos 10 y 11 del Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por la secretaría del Tribunal dos (2) juegos de copias certificadas del escrito de transacción inserto a los folios 25 al 29, solicitadas por las partes, así como cuatro (4) juegos de copias certificadas de la presente decisión, dos (2) solicitadas por las partes, para lo cual se les insta a consignar los fotostatos a los fines de su certificación, y dos (2) para el Tribunal, ello de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO

EL SECRETARIO

RAFAEL FLORES