REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 13 de enero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: AP01-S-2013-12385
ASUNTO : AP01-S-2013-12385


Vista la solicitud interpuesta por la Fiscalía Centésima Trigésima Quinta (135º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, en la cual requiere de este Tribunal se acuerde la prórroga máxima para interponer el acto conclusivo que corresponda en el proceso penal seguido contra el ciudadano MARCOS ANTONIO GUERRERO, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.254.960, vale decir, por un lapso de noventa (90) días, de conformidad a lo establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, este Tribunal para decidir observa lo siguiente:

En fecha 18 de septiembre del año 2013, la representación fiscal apertura la investigación seguida contra el ciudadano arriba identificado en virtud de la denuncia interpuesta por la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, al referir que la ciudadana funge como víctima de la presunta comisión de uno de los delitos previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La solicitud del Ministerio Público, interpuesta en fecha 09-01-14 se verifica que se encuentra dentro del tiempo hábil toda vez que el lapso de investigación para este proceso penal culminaría el día 18-01-14, manifestando que requiere de un tiempo adicional para obtener los resultados de las diligencias que fueron ordenadas en su oportunidad, sin embargo aun no cuenta con la información necesaria para el esclarecimiento de los hechos denunciados y presentar el acto conclusivo que corresponda.