REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiséis de febrero de dos mil catorce
203º y 155º
ASUNTO : AP21-S-2014-000488
Visto el escrito transaccional presentado por la ciudadana LISSETTE MILAGRO ORTA CAMACHO, titular de la cédula de identidad Nro. V.16.354.547, en su carácter de parte oferida, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ANTONIO GARCIA, IPSA Nro. 114.764 y por la otra, el abogado en ejercicio JOSE HENRIQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 114.039, apoderado judicial de la entidad de trabajo “ LABORATORIOS ELMOR,S.A.”, según documento poder que riela en autos, en el cual llegan a un acuerdo de Bs. 816.357,69 a cancelar en el mismo acto, este Tribunal por cuanto el acuerdo transaccional no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora ni normas de orden público, fue celebrado por personas debidamente facultadas para ello, contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, y también contiene hechos controvertidos, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
Finalmente, se deja constancia que el presente asunto se provee el día de hoy, toda vez que la ciudadana Jueza que suscribe no compareció en forma justificada a sus labores habituales de trabajo el día 24 de febrero de 2014. Se ordena notificar a las partes de la presente decisión, en el entendido que el lapso de cinco (5) días hábiles para el ejercicio de algún recurso que consideraren procedente comenzará a correr una vez conste en autos la última de las notificaciones ordenadas.
La Jueza,
Abg. Olga Romero
La Secretaria
Abg. Luisana Cote
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