REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Octavo (18º) de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro (24) de febrero de dos mil catorce (2014)
203º y 155º

ASUNTO: AP21-S-2014-000549

Vista la diligencia presentada en fecha 19 de febrero de 2014, por la abogada Carmen Miere, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 97.741, apoderada judicial de la parte oferente CUSTODIOS PROFESIONALES DEL CARIBE C.A. (CUSPROCA), C.A., y por el ciudadano MARVIN MERVIS PIÑERO MÉNDEZ, cédula de identidad Nº V-18.708.078, parte oferida debidamente asistida por la abogada Carmen Rodríguez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 102.894, mediante la cual la parte oferente cancela la cantidad de Bs. 13.249,67 a la parte oferida, por prestaciones sociales y otros conceptos laborales, mediante cheque Nº 70007947, girado contra la cuenta Nº 01020418610000072106, del Banco de Venezuela, de fecha 12 de febrero de 2014, a favor del ciudadano MARVIN MERVIS PIÑERO MENDEZ; la cual recibe a la firma de la transacción, manifestando ambas partes estar mutuamente satisfechas, declarando no tener nada más que reclamar por concepto alguno derivado de la relación laboral que los vinculara, solicitando igualmente al Tribunal se homologue la misma; en tal sentido, este Juzgado niega la solicitud de impartirle su homologación, por cuanto de la revisión exhaustiva del escrito transaccional se evidencia, específicamente a los folios 13 vto y 14, que la parte oferida no se encuentra conforme con el pago recibido, reflejándose una incongruencia entre lo manifestado en dicho acuerdo y lo plasmado por esta última al momento de suscribirla, al señalar lo siguiente: “NO CONFORME”, evidenciándose que el mismo no cumple con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras. Así se establece.

La Juez,


María Mercedes Millán

El Secretario,


Orlando Reinoso