REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 26 de Febrero de 2014
203º y 155º

ASUNTO: AP41-U-2012-000534 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 48/2014

Vista la diligencia suscrita en fecha 19 de Febrero del año 2014, por el Abogado Jesús Córdova Vásquez, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.559.666, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.735, actuando en su carácter de Abogado sustituto del ciudadano Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, en Representación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual solicita la Ejecución Voluntaria de la Sentencia Definitiva N° 2049, de fecha 17 de Junio de 2013, recaída en la causa, de acuerdo a lo previsto en el artículo 280 del Código Orgánico Tributario; este Tribunal, a fin de proveer lo solicitado, y de la revisión realizada a las actas que conforman el presente Expediente observa:
PRIMERO: Que en fecha 17 de Junio de 2013, este Tribunal dictó Sentencia Definitiva Nº 2049, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto Subsidiariamente al Jerárquico por la ciudadana TANIA JOSÉ PEREIRA DE ANDRADE, titular de la Cédula de Identidad No. E-81.737.789, actuando en su carácter de Representante Legal de la Firma Mercantil denominada TASCA RESTAURANT Y PIZZERIA LA FERIA, C.A., asistida por el ciudadano abogado LUIS RAMÓN MALPICA MATERÁN, inscrito en el IPSA bajo en Nº 2989, de conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 259 del Código Orgánico Tributario contra la Resolución No. SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2012/000283, de fecha 16 de Julio de 2012, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Interno de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). SE CONFIRMÓ en todo su contenido las multas impuestas en la Resolución No. SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2012/000283, de fecha 16 de julio de 2012, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Interno de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), así como la Resolución de Imposición de Sanción Nº 43, de fecha 11 de Julio de 2008, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de los Altos Mirandinos del mencionado Servicio.
SEGUNDO: Que fueron consignadas las respectivas Boletas de Notificación de los ciudadanos Fiscal General de la República, la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SENIAT, y al Procurador General de la República, en fecha 16/09/2013, 19/09/2013, 15/01/2014, y a la recurrente mediante cartel de fecha 18 de Septiembre de 2013.

TERCERO: Que definitivamente firme como quedó la precitada Sentencia, recaída en el presente Recurso Contencioso Tributario, incoado por la Recurrente “TASCA RESTAURANT Y PIZZERIA LA FERIA, C.A.”, según consta en auto dictado en fecha 14 de Febrero de 2014; este Órgano Jurisdiccional acuerda de conformidad lo solicitado por la Representante de la República Bolivariana de Venezuela y, en consecuencia, se decreta su Ejecución Voluntaria de conformidad con lo previsto en los artículos 280 del Código Orgánico Tributario, y 523 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente.
Se ordena librar boleta de notificación a la Recurrente a fin que proceda al cumplimiento de la Sentencia en mención, para lo cual se le concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la consignación de su notificación a los autos.
Dado, firmado y sellado en la Sede del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Región Capital, en Caracas a los veintiséis (26) días del mes de Febrero del año Dos Mil Catorce (2014). Años 203º de la Independencia y 155º de la Federación.-
LA JUEZ




ABG. BERTHA ELENA OLLARVES HERRERA
LA SECRETARIA




ABG. ANAMAR HERRERA GUAITA

Asunto: AP41-U-2012-000534
BEOH/AHG/yaja.-