REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno de febrero de dos mil catorce
203º y 155º

ASUNTO : AP31-S-2013-011401


SOLICITANTES: FRANCIS FRANSCHESKA DEL GAUDIO SUEIRO y FRANCESCO DEL GAUDIO BALBI, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números: V.- 26.621.423 y E.-381.243, respectivamente.

ABOGADA APODERADA DE LOS SOLICITANTES: SOLANGE SUEIRO LARA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 148.601.

MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

Conoce este Tribunal de la presente solicitud, presentada por la abogada SOLANGE SUEIRO LARA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 148.601, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos FRANCIS FRANSCHESKA DEL GAUDIO SUEIRO y FRANCESCO DEL GAUDIO BALBI, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números: V.- 26.621.423 y E.-381.243, respectivamente, donde solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento de la ciudadana FRANCIS FRANSCHESKA DEL GAUDIO SUEIRO. Alega que la ciudadana fue presentada por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 22 de agosto de 1994, según acta No. 797, la misma que acompaño en copia certificada en la solicitud, donde se le identifica a su padre como ciudadano FRANCISCO DEL GAUDIO, natural de Salermo, Italia, Nacionalizado, siendo esto incorrecto, ya que el nombre correcto es FRANCESCO DEL GAUDIO, natural de Salermo, Italia, por lo que la corrección debe versar sobre: PRIMERO: donde dice “…FRANCISCO DEL GAUDIO …”, debe decir “…FRANCESCO DEL GAUDIO …”. PRIMERO: donde dice “…natural de Salermo, Italia, Nacionalizado…”, debe decir “…natural de Salermo, Italia…”.
En fecha 4 de diciembre del 2013, se admitió la solicitud de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil y se ordenó librar boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público, en esa misma fecha se libró edicto.
En fecha 9 de diciembre de 2013, compareció la apoderada de los solicitantes y consigno copias simples del escrito de solicitud y del auto de admisión a los fines de su certificación y se libre boleta al fiscal del Ministerio Público, en esa misma fecha se dejo constancia de haber retirado edicto.
En fecha 12 de diciembre de 2013, compareció la apoderada de los solicitantes y consignó edicto publicado en la prensa.
En fecha 17 de diciembre de 2013, se dictó auto mediante el cual se ordenó librar boleta de notificación dirigida al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 15 de enero de 2014, compareció el ciudadano Julio Echeverría, Alguacil adscrito a este Circuito Judicial, consignó boleta de notificación librada al Fiscal del Ministerio Público, debidamente firmada y sellada.
Cumplidos como han sido todos los trámites relativos al presente procedimiento de Rectificación de Partida de Nacimiento, este Tribunal Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Nº: 797 del año 1994, que reposa en el Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, en los siguientes términos: PRIMERO: donde dice “…FRANCISCO DEL GAUDIO …”, debe decir “…FRANCESCO DEL GAUDIO …”. PRIMERO: donde dice “…natural de Salermo, Italia, Nacionalizado…”, debe decir “…natural de Salermo, Italia…”.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los 21 días del mes de febrero del dos mil catorce (2014). Años: 203º y 154º.