REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del
Área Metropolitana de Caracas
PARTES SOLICITANTES: EUDIMAR ADELI FERREIRA DE PINEDA y LUIS ERNESTO PINEDA FERNANDEZ, titulares de las cedulas de identidades N° V.- 13.581.550 y 14.428.013, respectivamente.-
APODERADAS JUDICIALES: ANGELA MARIA ALLUP, ALEJANDRA BAEZ Y FRANCRIS DANIEL PEREZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos 10.663, 123.251 y 65.168, respectivamente.-
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES/ CONVERSIÓN EN DIVORCIO
EXPEDIENTE No: AP31-S-2013-000958
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la diligencia presentada en fecha 17 de febrero de 2014, por los ciudadanos LUIS ERNESTO PINEDA FERNANDEZ y EUDIMAR ADELI FERREIRA TINEO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.428.013 y V-13.581.550, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada FRANCRIS DANIEL PEREZ GRAZIANI, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 65.168, mediante las cuales solicitaron la conversión en divorcio de la separación de cuerpos y bienes decretada en fecha 15 de febrero de 2013, este Juzgado, en virtud que ha transcurrido más de un año después de declarada la separación de cuerpos de los interesados; sin haber ocurrido en dicho lapso la reconciliación entre los cónyuges tal y como lo manifiestan expresamente los interesados en la diligencia y escrito antes mencionados y siendo éste el supuesto exigido en el primer aparte del articulo 185 del Código Civil, para la procedencia de la conversión requerida, considera quien aquí decide procedente declarar la conversión de separación de cuerpos y bienes en divorcio. Así se declara.
- D I S P O S I T I V A -
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES EN DIVORCIO, presentada por los ciudadanos EUDIMAR ADELI FERREIRA DE PINEDA y LUIS ERNESTO PINEDA FERNANDEZ, titulares de las cedulas de identidades N° V.- 13.581.550 y 14.428.013, respectivamente. SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ambos en fecha 08 de septiembre de 2007, por ante el Concejo de Municipio del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, según consta de acta inscrita bajo el Nº 04. TERCERO: Líbrense oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxense copias certificadas de la presente decisión. Asimismo, líbrense sendas copias certificadas a los solicitantes. CUARTO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los VEINTICUATRO (24) días del mes de FEBRERO del año DOS MIL CATORCE (2014). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-
EL JUEZ TITULAR,
EDGAR JOSÉ FIGUEIRA RIVAS
LA SECRETARIA TITULAR,
LUZDARY JIMÉNEZ SILVA
En la misma fecha, siendo las doce del mediodía (12:00 m.), se publicó y registró la decisión anterior, previo cumplimiento de las formalidades de Ley y, dejándose copia de la misma en el Departamento de Archivo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA TITULAR,
LUZDARY JIMÉNEZ SILVA
EJFR/LJS/Yarimig.-
|