N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-003970
PARTE ACTORA: MARIA LUCILA BRICEÑO VILLEGAS, venezolana, titular de la cédula de identidad 4.317.748.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: LUIS RONDON CONTRERAS, inscrito en el inpreabogado bajo los números 31.133.
PARTE DEMANDADA: REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ORGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: (NO CONSTAN EN AUTOS)
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día de hoy, veintiséis (26) de febrero de dos mil catorce (2014), siendo las 10:00 am de la mañana, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció el acto con las formalidades de ley.
Ahora bien, en la presente audiencia preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante MARIA LUCILA BRICEÑO VILLEGAS, venezolana, titular de la cédula de identidad 4.317.748, y de su apoderado judicial LUIS RONDON CONTRERAS, inscrito en el inpreabogado bajo el número 31.133, según poder que consta en actos a los folios 10,11 y 12, por otra parte, se deja constancia de la incomparecencia de la demandada REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ORGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA, y de sus apoderado judiciales.
En consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora y de su apoderado judicial, es decir, de la ciudadana MARIA LUCILA BRICEÑO VILLEGAS, venezolana, titular de la cédula de identidad 4.317.748, y de su apoderado judicial LUIS RONDON CONTRERAS, inscrito en el inpreabogado bajo el número 31.133, a la audiencia preliminar fijada para el día de hoy a las 10:00 am, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta seguidamente el dispositivo del fallo de la manera siguiente:
SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCESO en la acción incoada por el ciudadano LUIS RONDON CONTRERAS, inscrito en el inpreabogado bajo el número 31.133, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA LUCILA BRICEÑO VILLEGAS, venezolana, titular de la cédula de identidad 4.317.748, en contra de la demandada REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ORGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA, por la inasistencia de la demandante y de sus apoderado judicial a la audiencia preliminar ut supra identificada, por lo que SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, veintiséis (26) de febrero de dos mil catorce (2014).
FRANCISCO JAVIER RÍO BARRIOS
EL JUEZ
El Secretario
Yorman García Martínez
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