REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, seis ( 06 ) de Febrero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º
ASUNTO: AP21-L-2012-003042

Vista la diligencia presentada en 25 de noviembre de 2013, por la ciudadana ALEJANDRA FERMIN, inscrita en el IPSA bajo el No. 136.954, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana JESSICA COROMOTO RUIZ NOGALES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 15.327.021, actora en el presente juicio de diferencia de prestaciones sociales incoado contra la UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO SANTA RORAIMA, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 17-05-95, No 150, Tomo 9-B, mediante la cual desiste del presente procedimiento. Asimismo, visto el convenimiento en dicho desistimiento presentado en fecha 05-12-2013, por la abogada ODALY URBINA, inscrita en el IPSA bajo el No. 118.761, en su carácter de apoderada judicial de la demandada. En consecuencia, visto que ambas profesionales del derecho tienen facultad expresa para desistir del presente procedimiento, este Juzgado lo HOMOLOGA de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en tal sentido se da por terminado el presente procedimiento, se ordena el cierre informático del presente asunto y el archivo del expediente.


La Juez
MARIA GONCALVES DO ESPIRITO SANTOS

La Secretaria

CLAUDIA HERNÁNDEZ