REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 24 de Febrero de 2014
203º y 154º
ASUNTO: AP51-J-2013-011847

Vista la aceptación del cargo de Curador Especial hecha por la ciudadana ONEILYS JOSELIZ DAAL ESCOBAR, titular de la cédula de identidad N° V-20.095.194, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto y cumplidos como han sido los extremos de Ley, esta Juez a cargo del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo con lo establecido en el artículo 270 del Código Civil Venezolano, discierne en la persona de la ciudadana ONEILYS JOSELIZ DAAL ESCOBAR, titular de la cédula de identidad N° V-20.095.194 de la niña SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de seis (06) años de edad. En tal sentido, expídanse por secretaría copias certificadas de las actuaciones que integran el presente expediente y remítanse al Coordinador de la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, para que sean entregadas a la parte interesada, una vez sean aportados los fotostatos requeridos. Cúmplase.-
LA JUEZ

ABG. DANIA RAMIREZ CONTRERAS.


LA SECRETARIA

ABG DAYANNA ESTABA




AP51-J-2013-011847
DR/DE/FERNANDO