REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas 04 de febrero de dos mil catorce
203º y 154º

ASUNTO: AP51-J-2014-00719
Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto contentivo de solicitud JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, presentada por la ciudadana HARVIS JOSEFINA ARANGUREN AMARISTA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-14.583.127, actuando en beneficio del adolescente (Se omite el nombre del niño, niña o adolescente de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de trece (13) años de edad, debidamente asistida por el abogado LUIS ALFREDO PEREZ MORALES, actuando en su carácter de Defensor Público Décimo Primero (21°)de Proteccion de Niños, Niñas y adolescente, este Tribunal observa: Que en fecha 28/01/2014 se levantó acta dejando constancia que NO compareció la parte solicitante por la ciudadana HARVIS JOSEFINA ARANGUREN AMARISTA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-14.583.127 a la Audiencia Única, conforme a lo establecido en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, este Juez del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, declara DESISTIDA la presente solicitud conforme a lo establecido en el artículo 514 de la Ley Especial que rige la materia. Y así se establece.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. RONALD IGOR CASTRO.
RC/AO/Duglys ABG. ANADIS OCHOA