REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal 1° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, veintidós de julio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: PP21-L-2012-000340
DEMANDANTE: JOSE FRANCISCO GONZALEZ titular de la cédula de identidad número 14.415.195
DEMANDADA: HORMIGONES PORTUGUESA C.A representada por el ciudadano ANGELO LAPENTA CALARIA titular de la cédula de identidad número .7.440.647.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
AUTO DECRETANDO LA PERENCION DE LA INSTANCIA
Visto que ha transcurrido más de un (01) año sin que se haya ejecutado alguna actuación de la parte actora para impulsar el proceso, siendo la última actuación en fecha 25 de junio de 2013, no habiendo actuación alguna de parte posteriormente, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, dándole carácter de cosa Juzgada, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Regístrese y publíquese la presente decisión.
La Juez,
La Secretaria,
Abg° Lisbeys Rojas Molina
Abg° Yrbert Alvarado
En esta misma fecha se publico siendo la 12:50 p.m... Conste.
Scria,
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