REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 28 de julio de 2014
204º y 155º


Sentencia Interlocutoria Nº 060/2014
Visto los escritos de Promoción de Pruebas presentados en fechas 16 y 17 de julio del 2014, por los ciudadanos Fabrizio Sciarra, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 59.634, en su carácter de Apoderado Judicial de la contribuyente “ATLANTIC FABRICS, C.A.”, y Maribel J. Castillo H, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 59.533, en su carácter de apoderada judicial del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES).
Visto Asimismo, que el ciudadano Fabrizio Sciarra, en su escrito de promoción de pruebas solicitó se requiera del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES) el expediente administrativo, este Tribunal advierte que el mismo fue consignado en fecha 11 de Junio de 2014, mediante oficio Nº 210.100-230-046, por el mencionado Instituto; en consecuencia, este Órgano Jurisdiccional clara Improcedente tal pedimento. Así se declara.
Con relación con el resto de las pruebas promovidas, el Tribunal las admite y se ordena su evacuación de la siguiente manera:
CAPITULO PRIMERO: PRUEBA DOCUMENTAL: Se ordenó agregar a los autos, en su oportunidad la prueba promovida por el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), así como los documentos consignados en este acto por el apoderado judicial de la recurrente.
De la presente decisión se oirá apelación, en un solo efecto, en el lapso previsto en el parágrafo único del artículo 270 del Código Orgánico Tributario, e cual se inicia a partir del día siguiente de despacho a esta fecha. Líbrense oficios.
El Juez Titular,


Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria,


Hilmar Elena Rocha Esaá.

.
Asunto Nº AP41-U-2014-000117
RCJ/HERE/mav.