REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 29 de julio de 2014
204º y 155º
Sentencia Interlocutoria Nº 0062/2014
Vista la formación de la presente causa identificada con letras y números AP41-U-2013-000449, ordenada en fecha 22/10/2013, relacionada con el Recurso Contencioso Tributario interpuesta Subsidiariamente al Recurso Jerárquico, por el ciudadano Antonio Martínez, titular de la cedula de identidad Nº V-13.576.852, actuando en su carácter de representante legal de la Contribuyente “CAUCHOS LA FAMILIA, C.A”, debidamente asistido por el abogado Carlos Piermattei, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.026, contra la Resolución identificada con el alfanumérico GRTI/RLL/SSJM/AF/191/2010/139, de fecha 30 de abril del 2010, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Llanos del Servicio Nacional integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Visto así mismo que constan en autos las boletas de notificación libradas en la oportunidad correspondiente, las cuales cursan en los folios Nos noventa (90), y noventa y cinco (95); y por cuanto las mismas aparecen debidamente firmadas y estando dentro de la oportunidad para la admisión del presente recurso, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 267 del Código Orgánico Tributario, constatando el Tribunal que están llenos los extremos legales y se han cumplido los tramites y requisitos; no existiendo oposición por parte del organismo del cual emanó el acto recurrido, el Tribunal procede a la ADMISION del Recurso Contencioso Tributario, interpuesto en la forma anteriormente señalada, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
Advierte el Tribunal que por mandato del Articulo 268 del Código Orgánico Tributario, la causa queda abierta a pruebas, ope legis a partir de esta misma fecha.
Dado, firmado y sellado en el salón de Despacho del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los veintinueve (29) día del mes de julio del año Dos Mil Catorce (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
El Juez Titular,
Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria.
Hilmar Elena Rocha Esaá.
La presente decisión se publicó en su fecha, a las tres (3:00 p.m.) horas de la tarde.
La Secretaria.
Hilmar Elena Rocha Esaá.
Asunto Nº AP41-U-2013-000449.
RCJ/Jp.
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