REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 11 de julio de 2014
204º y 155º
Sentencia Interlocutoria: No. PJ0082014000188.
Asunto No. AP41-U-2012-000398.

Vista la diligencia de fecha 09 de julio de 2014, suscrita por la abogada Joisa Sandoval, titular de la cédula de identidad Nº 14.908.140, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 166.372, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Miranda, mediante la cual expone lo siguiente:
“…visto que en la presente causa se encuentra definitivamente firme la sentencia que declaro sin lugar el Recurso contencioso tributario en fecha 23 de Abril de 2014 y notificado como se encuentra el recurrente de la referida sentencia, solicito muy respetuosamente, se ordene la ejecución voluntaria del fallo de acuerdo a lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Tributario, es todo…”
En virtud de lo anterior este Tribunal, de conformidad con el artículo 280 del Código Orgánico Tributario, siendo que la Sentencia Definitiva Nº PJ0082014000115, de fecha 23 de Abril de 2014, dictada por este Tribunal se encuentra definitivamente firme, decreta LA EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la misma, cuyo dispositivo es del tenor siguiente:
“…En virtud de los razonamientos antes señalados, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el ciudadano Reinaldo Matos Santini, titular de la cédula de identidad Nº 5.537.162, actuando en su carácter de Director de la recurrente “DUBAI RACER SPORT BOOK, C.A.”, sociedad mercantil inscrita en la Oficina de Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 17 de noviembre de 2008, bajo el Nº 32, Tomo 228-A-Sgdo., con número de Registro de Información Fiscal J-29687966-4, asistido por el abogado en ejercicio Dany Izildo Rodríguez Goncalves, titular de la cédula de identidad Nº 11.733.526 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 67.956; contra la Resolución Nº 0187, de fecha 28 de junio de 2012, emanada de la Dirección de Auditoría Fiscal del Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Miranda, que impuso a la recurrente la obligación de pagar la suma de Bs. 130.923,30 por concepto de Impuesto sobre Juegos y Apuestas Lícitas para los períodos fiscales 2009, 2010 y los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2011, así mismo le impuso la obligación de pagar multa por la cantidad de Bs. 117.323,04, por la comisión del ilícito de omisión de ingresos tributarios. En consecuencia: PRIMERO: Se confirma la Resolución Nº 0187, de fecha 28 de junio de 2012, emanada de la Dirección de Auditoría Fiscal del Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Miranda, SEGUNDO: Se condena en costas a la recurrente en la cantidad del cinco por ciento (5%) de la cuantía del presente recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario.…”
Se ordena notificar a la Contribuyente “DUBÁI RACER SPORT BOOK, C.A.”, a los fines de que cumpla con la ejecución voluntaria de la Sentencia Definitiva Nº PJ0082014000115, dictada por este Tribunal en fecha 23 de Abril de 2014, en un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación. Asimismo, se ordena notificar al Procurador General de la República conforme a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación de la sentencia, el segundo para que repose en original en el respectivo copiador de sentencias.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los once (11) días del mes de julio del año dos mil catorce (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
La Jueza Superior Titular,

Dra. Doris Isabel Gandica Andrade.
La Secretaria Temporal,


Abg. Rossyluz Melo Sánchez.
Asunto No. AP41-U-2012-000398.