REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL

Caracas, 07 de Julio de 2014.

204° y 155°

Vista la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 21 de febrero de 2014, este Juzgado ordena remitir expediente original a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, conforme a las competencias y atribuciones que le son propias, a los fines de la consulta obligatoria de la mencionada sentencia, de conformidad con el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Líbrese Oficio. Asimismo, por cuanto se incurrió en un error material en la foliatura del presente expediente, este Tribunal ordena testar la misma y realizar la enmendadura correspondiente desde el folio ciento noventa y siete (197) hasta el doscientos tres (203). Téngase como válida la nueva foliatura.-
LA JUEZ,




MARIA ELENA CENTENO GUZMÁN.
LA SECRETARIA ACC.,




JAIMELIS CÓRDOVA MUJICA.



Exp. 13-3349/kg.-.