REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 1 de julio de 2014
204º y 155º
ASUNTO: AH13-V-2008-000091
Vista la diligencia de fecha 25 de Junio de 2014, suscrita por el abogado JOSE PEREZ-LUNA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 181.794, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, este Tribunal ordena agregar dicha actuación a los autos junto con su comprobante de presentación, previa su lectura por Secretaría, todo a los fines de que surta los efectos legales consiguientes.
Asimismo vista la anterior diligencia, presentada por el prenombrado abogado y en virtud de que se encuentra vencido el lapso de cinco (05) días de despacho concedidos a la parte demandada, a fin de que diera cumplimiento voluntario de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 02 de Marzo de 2012. En consecuencia, se decreta la ejecución forzosa del referido fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 527 del Código de Procedimiento Civil, y se acuerda practicar medida de EMBARGO EJECUTIVO, sobre sumas liquidas hasta cubrir la cantidad de CIENTO SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON NOVENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.F. 163.666,98), que corresponde al monto condenado e indexado. Con la advertencia de que en caso de que la medida recaiga sobre bienes muebles o inmuebles propiedad de la parte demandada, se hará hasta por la cantidad de TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs.F. 327.333,96), que comprende el doble de la cantidad condenada e indexada. Líbrese mandamiento de ejecución.
EL JUEZ
DR. JUAN CARLOS VARELA RAMOS
LA SECRETARIA
Abg. DIOCELIS PÉREZ BARRETO
Hora de Emisión: 11:43 AM
Asistente que realizo la actuación: aurora