REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintinueve (29) de julio de 2014
Años: 204º y 155º
Vista la diligencia suscrita en fecha veintiocho (28) de julio de 2014, por la abogada Zaida Coromoto Muñoz, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 107.248, a través de la cual se da por notificado de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha veinticinco (25) de julio de 2014 y solicitó la notificación del referido fallo a la parte demandada, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena notificar a la parte demandada, JESÚS RAFAEL MUÑOZ, Venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-8.882.141 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 43.124, quien actúa en su propio nombre y representación. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria Temporal,

Abg. María Elvira Reis
VGJ/MR/ralven Exp: AP71-R-2013-001175 (294)

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, veintinueve (29) de julio de 2014
Años 204° Y 155°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano Jesús Rafael Muñoz, Venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-8.882.141 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 43.124, parte demandada en el juicio que por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL sigue en su contra la ciudadana FRANCY FRANCO OLOYOLA, sustanciado en el expediente signado con el número AP71-R-2013-001175 (294), de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal; por auto de esta misma fecha se acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 25 de julio de 2014.-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES

FIRMA________________FECHA__________________HORA__________
VGJ/ralven
Exp: AP71-R-2013-001175 (294)