ASUNTO: AP21-L-2014-001173

PARTE ACTORA: MARIO ANTONIO GONZALEZ ALCALA, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 14.612.850.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: EUFRACIO GUERRERO, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 7.182.

PARTE DEMANDADA: RESTAURANT BAR LAI KING

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ADAUTO MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 3.600.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.


En el día de hoy miércoles dieciséis (16) de julio de dos mil catorce (2014), siendo las diez y media de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, se anunció el acto con las formalidades de ley. En este estado, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, asimismo se deja constancia de la comparecencia del abogado ADAUTO MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 3.600., en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, dándose así inicio a la audiencia. En este estado Este Juzgado vista la incomparecencia de la parte actora a la continuación de este acto es forzoso declarar la consecuencia jurídica establecida en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo como lo es el Desistimiento del Procedimiento y así se establece, asimismo se devuelven el escrito de pruebas y elementos probatorios aportados por la parte demandada, dejándose expresa constancia que se encuentran en custodia en la Oficina de Deposito de Bienes el escrito y elementos probatorios aportados por la parte actora. Téngase la presente acta como sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva. Es todo, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ

ABG. NELSON DELGADO


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


EL SECRETARIO

ABG. RAFAEL FLORES