REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
204º y 155º
ASUNTO: AP31-S-2014-003762
Vistas las actas que conforman el presente expediente, contentivo de la solicitud de título supletorio presentado por el ciudadano JONATHAN HARRISON RAMÍREZ LOBO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No V-14.385.260, este Tribunal observa:
En fecha 12 de mayo de 2014 se le dio entrada a la solicitud y el 20 de mayo de 2014 se fijó oportunidad para la declaratoria de las testimoniales.
En fecha 05 de junio de 2014 rindieron declaración los testigos promovidos por el solicitante.
Así las cosas, en fecha 06 de junio de 2014 comparece ante este Tribunal el abogado Martín Alexander Jiménez Mujica, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana DANIELA ESTEFANIA SEIJAS VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-19.692.032, y presenta escrito fundamentado mediante el cual se opone a la declaratoria de título supletorio a favor del solicitante.
Así las cosas, entre las razones esgrimidas en la oposición se señala sobre la existencia de una relación jurídica contractual entre Daniela Estefanía Seijas Valera y Jonathan Harrison Ramírez Lobo, consistente en un contrato de opción de compra venta de un lote de terreno cuyo número de catastro es 56038A, número que se corresponde con el Número de Catastro del terreno donde el hoy solicitante alega construyo las bienechurías que pretende se declaren de su propiedad.
Es por lo anterior que, en virtud a existir elementos suficientes que hacen presumir que la cuestión planteada corresponde a la jurisdicción contenciosa, a la cual deberán acudir las partes para resolver sus diferencias, este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo establecido en el artículo 901 y 937 del Código de Procedimiento Civil, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA: EL SOBRESEIMIENTO de la presente solicitud de Título Supletorio incoado por el ciudadano JONATHAN HARRISON RAMÍREZ LOBO, antes identificado, y en consecuencia se ordena el archivo del expediente. Así se decide.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los TRES (03) días del mes de JULIO del año DOS MIL CATORCE (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.-
EL JUEZ TITULAR,
EDGAR JOSÉ FIGUEIRA RIVAS
LA SECRETARIA TITULAR,
LUZDARY JIMÉNEZ SILVA
En la misma fecha, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), se publicó y registró la decisión anterior, previo cumplimiento de las formalidades de Ley y, dejándose copia de la misma en el Departamento de Archivo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA TITULAR,
LUZDARY JIMÉNEZ SILVA
EJFR/LJS ksp
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