REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (09) de junio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
ASUNTO: AP21-L-2014-001005
Visto la diligencia de fecha 04 de junio de 2014, mediante la cual comparece ante la unidad de Recepción de Documentos de este Circuito el Abogado ADEL ABREU IPSA N° 137.399, apoderado judicial de la parte Demandante, consignado diligencia constante de un folio útil DESISTIENDO DEL PROCEDIMIENTO de la demanda intentada por el ciudadano ORLANDO ENRIQUE CORDERO VICENTELLI C.I V- 9.654.051 contra la empresa C.A.N.T.V. En consecuencia este Juzgado HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA PRESENTE CAUSA y se da por TERMINADO el presente asunto, se ordena el archivo del expediente. Y el cierre informático del mismo.
EL JUEZ
EL SECRETARIO
ABG. FRANKLIN PORRAS MENDOZA
ABG. MANUEL LOPEZ