REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 20 de junio de 2014
204º y 155º

Sentencia Interlocutoria: No. PJ0082014000164
Asunto No. AP41-U-2009-000640.

Vista la diligencia de fecha 19 de junio de 2014, suscrita por la abogada Marilyn Pérez Terán, titular de la cédula de identidad Nº 10.849.936, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 63.226, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual expone lo siguiente:

“…Solicito muy respetuosamente se sirva a decretar el Cumplimiento Voluntario de la Sentencia Nº PJ0082014000066 de fecha 26 de febrero de 2014, mediante la cual se declaró Sin Lugar el Recurso Contencioso Tributario, declarado definitivamente firme mediante auto de fecha 6 de mayo de 2014. Es todo…”

En virtud de lo anterior este Tribunal, de conformidad con el artículo 280 del Código Orgánico Tributario, siendo que la Sentencia Definitiva Nº PJ0082014000066, dictada por este Tribunal en fecha 26 de febrero de 2014, se encuentra definitivamente firme, DECRETA la ejecución voluntaria de la sentencia, cuyo dispositivo es del tenor siguiente:
“…Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario ejercido subsidiariamente al recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano LUCIANO BOCCIA IERVOLINO, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 13.694.605, en su carácter de representante legal de la recurrente, ‘PIZZERIA, FUENTE DE SODA Y RESTAURANT DA LUCIANO, C.A.’, inscrita ante la Oficina del Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda en fecha 28 de abril de 1980, bajo el Nº 39, Tomo 82-A, inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el Nº J-00141120-8, asistido por el abogado en ejercicio Carmine Santi Englielmo, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 37.590, contra la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RCA/ DJT/CRA/2009-000090 de fecha 16 de enero de 2009, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del SENIAT, que declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la recurrente. En consecuencia:

PRIMERO: Se confirma la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2009-000090 de fecha 16 de enero de 2009, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del SENIAT.

SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario, se condena en costas a la recurrente en la cantidad equivalente al diez por ciento (10%) de la cuantía del presente recurso…”

En mérito de las consideraciones expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la ley, DECRETA LA EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la Sentencia Definitiva Nº PJ0082014000066, dictada por este Tribunal en fecha 26 de febrero de 2014, la cual declaró SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por Ciudadano LUCIANO BOCCIA IERVOLINO, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 13.694.605, en su carácter de representante legal de la recurrente PIZZERIA, FUENTE DE SODA Y RESTAURANT DA LUCIANO, C.A., asistido por el abogado en ejercicio Carmine Santi Englielmo, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 37.590, contra la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RCA/ DJT/CRA/2009-000090 de fecha 16 de enero de 2009, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por la recurrente.
Asimismo, se ordena notificar a la Contribuyente PIZZERIA, FUENTE DE SODA Y RESTAURANT DA LUCIANO, C.A., a los fines de que dé cumplimiento voluntario a la Sentencia Definitivamente Firme Nº PJ0082014000066, dictada por este Tribunal en fecha 26 de febrero de 2014, en tal sentido, se fija un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación para que proceda al cumplimiento voluntario de la referida sentencia.
Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación de la sentencia, el segundo para que repose en original en el respectivo copiador de sentencias
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los veinte (20) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
La Jueza Superior Titular,


Dra. Doris Isabel Gandica Andrade.
La Secretaria Temporal,


Abg. Rossyluz Melo Sánchez.

En la fecha de hoy veinte (20) de junio del año dos mil catorce (2014) se publicó la anterior Sentencia Interlocutoria No. PJ0082014000164, a las once y tres minutos de la mañana (11:03 a.m.)

La Secretaria Temporal,


Abg. Rossyluz Melo Sánchez.
Asunto No. AP41-U-2009-000640