REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Tribunal Vigésimo Séptimo (27) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiséis (26) de junio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

ASUNTO: AP21-S-2014-000068.
PARTE OFERENTE: CORPORACION KOLVENTEX C.A.
PARTE OFERIDA: ELIZABETH FUENTES ORTEGA.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO.

Visto el escrito de Transacción que antecede, pasa de seguidas esta Juzgadora a revisar el contenido de la misma, tomando en consideración el orden de presentación y el cúmulo de transacciones existentes en éste Juzgado para su revisión, quien suscribe observa que la misma fue presentada por la ciudadana ELIZABETH FUENTES ORTEGA, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.380.633, parte oferida debidamente asistida por la ciudadana GLORIA PACHECO, Procuradora de Trabajadores inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 45.723, por una parte, y por la otra el ciudadano MANUEL VARELA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 47.356, apoderado judicial de la parte oferente CORPORACION KOLVENTEX C.A.,
este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte oferente en la presente oferta de pago, las cuales se desprenden de copia instrumento poder autenticado consignado al folio 34 al 37 de autos, y por cuanto la referida transacción no vulnera los derechos de la extrabajadora ELIZABETH FUENTES ORTEGA le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,00), los cuales serán cancelados en dos (2) pagos, el primero de ellos se verificó por la cantidad de TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 36.266,00), mediante un (01) cheque librado contra el Banco Banesco, a su nombre, distinguido con el número 44719722, de fecha 17/06/2014, y mediante deposito en la cuenta de ahorro aperturada por la oferente a nombre de la oferida Elizabeth Fuentes, distinguida con el número 17501400200061805791 del Banco Bicentenario por la cantidad de TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs.3.734,55), lo que arroja un total de CUARENTA MIL BOLIVARES y un segundo pago para dentro de los quince (15) días siguientes al día 18/06/2014, por la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (BS.40.000,00), siendo el monto total de la transacción la cantidad de OCHENTA MIL EXACTOS (Bs.80.000.000,00), con los respectivos intereses del dinero depositado en la referida cuenta de ahorro, por los conceptos de Salarios no Laborados, Bonificación Única Especial, Vacaciones, Utilidades Fraccionadas, Indemnización del Artículo 92 LOTTT, Prestación de Antigüedad, Intereses, Vacaciones Fraccionadas; Bono Vacacional Fraccionado y Beneficio de Alimentación, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión y por cuanto consta en el expediente el cumplimiento del pago acordado por las partes, se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial. Por último se deja constancia que el monto ofertado inicialmente en la presente solicitud fue de Bs. 40.000.00. - Así se establece.-


La Juez

Abg. Aura María Trenard

El Secretario (a)

Abg. Alejandro Alexis