REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGESIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 09 de Junio de 2014
204° Y 155°
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2014-001304
PARTE ACTORA: GUSTAVO ADOLFO CAMACHO ROJAS, Titular de la C.I. V-12.232.898.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ANA GELVIS, IPSA Nº 211.494.
PARTE DEMANDADA: EVER GOLD SECURITY SERVICES, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: OFELMINA LOZANO, IPSA Nº 81.770.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS
ACTA
En el día hábil de hoy, 09 de junio de 2014, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la comparecencia del apoderado de la parte actora abogado ANA GELVIS, inscrita en el IPSA bajo el N° 211.494, según poder que consta en el expediente, por una parte y por la otra la parte demandada: EVER GOLD SECURITY SERVICES, C.A., por sus representantes judiciales abogados OFELMINA LOZANO, IPSA Nº 81.770, según poder que consigna en copia simple previa su verificación con el original. En este estado las partes llegan a un convenimiento sobre el pago de las prestaciones sociales en fase de mediación del trabajador GUSTAVO ADOLFO CAMACHO, por la cantidad de CATORCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 14.264,94), pagados en este acto mediante cheque del Banco Provincial, N° 00005801, de fecha 06 de mayo de 2014, a nombre del trabajador, en el cual se pagan los siguientes conceptos, Prestaciones Sociales art.142 LOTTT, Intereses sobre Prestaciones Sociales art.143 LOTTT, Vacaciones fraccionadas art. 196 LOTTT, Bono Vacacional Fraccionado art.192 LOTTT, y Utilidades Fraccionadas art.131 LOTTT, Horas de Descacanso no Pagadas, estando el proceso en mediación, este juzgado lo HOMOLOGA en los términos expuestos por las partes según lo establecido en los artículos 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
GILBERTO ANTONIO ALFARO GUERREIRO
JUEZ
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA
ABG. MIRIANKY ZERPA
SECRETARIA
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