REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO DECIMOCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Años: 204º y 155º.


No Exp. AP31-S-2014-005215


SOLICITANTES: La ciudadana ISABEL RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, Natura de España, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. E-687.808, debidamente representada por la Abogada GEISHA MARTINEZ, IPSA No. 30.157.

MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Como fundamentos a su solicitud explana lo siguiente: Que ocurre por ante este Tribunal, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, a fin de solicitar que se le declare, Única y Universal Heredera de la de cujus MARIA ISABEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ, quien era titular de la cédula de identidad No. V-19.089.714, y sean interrogadas las personas que oportunamente presentará, a fin de que declaren sobre los particulares Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto, explanados en el escrito de solicitud.

Ahora bien, a los fines del Tribunal pronunciarse sobre la admisión o no de la presente solicitud, previamente observa:

Que el acta de nacimiento de la de cujus MARIA ISABEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ, (antes identificada), la cual corre inserta al folio (05), no esta apostillada, requisito este necesario para hacerlo valer aquí en Venezuela, motivo por el cual se Niega la Admisión de la presente solicitud, y así se decide.



Publíquese y Regístrese.

Dada, firmada y sellada, en Caracas a los (18) días del mes de Junio del año 2014. Años. 204° y 155°
LA JUEZ TITULAR



DRA. LORELIS SANCHEZ
POR SECRETARÍA,



En esta misma fecha, siendo las 02:50, p.m., se registró y publicó la anterior sentencia.
POR SECRETARÍA,










EXP. AP31-S-2014-005215.
LS/jc.