ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-003687
PARTE ACTORA: DUNIA MORENO HERRERA
PARTE DEMANDADA: COMPAÑIA ANONIMA TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV)
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: BRISMAY GONZÁLEZ
MOTIVO: JUBILACIÓN ESPECIAL
En el día hábil de hoy, veintiuno (21) de marzo de dos mil catorce (2014), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja constancia de la comparecencia a este acto del la abogada BRISMAY GONZÁLEZ CORDOVA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 130.752, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, según se evidencia de instrumento poder que presenta en este acto ad efectum videndi, consignando copia simple del mismo, a los fines de su certificación por Secretaría e inserción al expediente; dándose inicio a la Audiencia, es todo. Se deja expresa constancia de la incomparecencia a este acto de la parte actora, ciudadana DUNIA MORENO HERRERA, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 155 ° y 203 °.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO
HERMES CARRILLO BOLAÑOS
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
NOTA: EN LA MISMA FECHA SE DICTÓ, PUBLICÓ Y DIARIZÓ LA PRESENTE DECISIÓN.-
EL SECRETARIO
HERMES CARRILLO BOLAÑOS
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