REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 10 de Marzo de 2014
203º y 155º

ASUNTO: AP41-U-2008-000510 SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 57/2014
Vista la diligencia suscrita en fecha 19 de Febrero del año 2014, por el ciudadano JESÚS A. CORDOVA VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-6.559.666, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.735, actuando en su carácter de Abogado Sustituto del ciudadano Procurador General de la República, mediante la cual solicita se decrete la Ejecución Voluntaria de la Sentencia Nº 1887, dictada por este Juzgado en fecha 14 de Noviembre del año 2011, y recaída en el presente expediente. A fin de proveer lo solicitado, este Tribunal, de la revisión realizada a las actas que corrieron insertas en la presente causa pudo observar:
PRIMERO: Que en fecha 25 de Julio de 2012, se dictó Sentencia Nº 00888, por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia mediante la cual declaró INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la contribuyente MULTICINE GALERÍAS 2020, C.A. y en consecuencia quedó firme la Sentencia Nº 1887 de fecha 14 de Noviembre de 2011 dictada por este Juzgado, mediante la cual declaró “SIN LUGAR” el Recurso Contencioso Tributario ejercido por la representación judicial de la Recurrente MULTICINE GALERÍAS 2020, C.A., contra la Resolución de Imposición de Sanción Nro. 3867 del 28 de Abril de 2008 y sus correlativas Planillas de Liquidación, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

SEGUNDO: Que fueron consignadas las respectivas Boletas de Notificación en su oportunidad a la Fiscal Trigésima Primera del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia en Materia Contencioso Administrativa y Tributaria en fecha 16 de Julio de 2013, al Procurador General de República en fecha 18 de Julio de 2013, a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) en fecha 25 de Julio de 2013, y finalmente a la Contribuyente de marras mediante cartel de fecha 01 de Agosto de 2013.
TERCERO: Que definitivamente firme como ha quedado la precitada Sentencia, recaída en el presente Recurso Contencioso Tributario, incoado por la recurrente “MULTICINE GALERÍAS 2020, C.A.”, este Órgano Jurisdiccional acuerda de conformidad, y por tanto se decreta su Ejecución de conformidad con lo previsto en los Artículos 280 del Código Orgánico Tributario, y 523 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente, se ordena librar boleta de notificación a la recurrente “MULTICINE GALERÍAS 2020, C.A.”, a fin de que proceda al cumplimiento o ejecución voluntaria de la Sentencia en mención, para lo cual se le concede el lapso de diez (10) días de Despacho contados a partir de la consignación de su notificación.

Dado, firmado y sellado en la Sede del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, en Caracas, diez (10) días del mes de Marzo del año Dos Mil Catorce (2014). Años 203º de la Independencia y 155º de la Federación.-
LA JUEZ


Abg. BERTHA ELENA OLLARVES
LA SECRETARIA



Abg. ANAMAR HERRERA GUAITA


La presente Sentencia Interlocutoria Nº 57/2014, se dictó en fecha siendo las dos y once (02:11 p.m.) Hora de la tarde.
LA SECRETARIA



Abg. ANAMAR HERRERA GUAITA

ASUNTO: AP41-U-2008-000510
BEO/AHG/jlgr